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Las empresas de Cártama podrán solicitar las ayudas de la Junta destinadas a generar y mantener empleo estable

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Las empresas de Cártama podrán solicitar las ayudas de la Junta destinadas a generar y mantener empleo estable

Las personas interesadas pueden informarse en la oficina CADE

Desde el área de Comercio del Ayuntamiento de Cártama y la oficina del Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE) en Cártama se quiere hacer llegar al sector empresarial local que la Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo ha puesto en marcha un nuevo paquete de incentivos para la generación y mantenimiento del empleo estable en Andalucía.
Este paquete de ayudas para el empleo estable cuya convocatoria recoge el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/190/1), contempla ayudas que oscilan entre los 3.500 y los 6.600 euros por cada contrato indefinido que formalicen las empresas y autónomos andaluces y que supongan un incremento neto de su plantilla fija.
Pueden solicitar estas ayudas desde el día 4 de octubre y hasta el próximo 18 de noviembre las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades privadas sin personalidad jurídica que desarrollen su actividad en Andalucía (que tengan en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza), cuando la contratación, realizada entre el 1 de abril y el final de la convocatoria, suponga un incremento neto de su plantilla fija y se mantenga en por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos.
El contrato debe formalizarse con carácter indefinido o fijo-discontinuo, a jornada completa o a jornada parcial, siempre que no sea inferior al 50% de la jornada completa, excepto en el caso de las personas con discapacidad, como medida de adecuación del empleo a sus capacidades. La persona a contratar debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo en el día anterior al de inicio de la actividad laboral.


La cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado a jornada completa. La cuantía de la subvención ascenderá a 4.500 euros cuando la persona contratada tenga 45 o más años, y será de 5.000 euros cuando la persona contratada esté incluida en los grupos de cotización del I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice a una persona joven menor de 30 años. En caso de que concurran ambos supuestos, sea menor de 30 años y en dichos grupos de cotización, la cuantía ascenderá a 5.500 euros.
Todas estas cuantías se incrementarán un 10% cuando la persona contratada sea mujer o una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado laboral. De esta manera, el incentivo sería de 3.850 euros para los contratos estables de mujeres desempleadas; 4.950 euros si la mujer tiene 45 o más años; y 5.500 euros en caso de que la mujer sea contratada en los grupos de cotización del I al V o sea menor de 30 años.
La norma establece también un incremento del 20% en los supuestos anteriores si la persona contratada es mujer con discapacidad, de manera que el incentivo podría alcanzar los 6.600 euros.
En el caso de que la contratación se formalice a jornada parcial o el contrato indefinido sea fijo discontinuo a jornada completa, la cuantía de la subvención será del 50% de las cuantías anteriores y será del 25% si el contrato fijo discontinuo se suscribe a tiempo parcial.
Podrán subvencionarse las contrataciones que se realicen a partir del 1 de abril de 2022 y hasta el 18 de noviembre de ese mismo año.

Presentación telemática
La tramitación de estas ayudas se realizará completamente de forma telemática, no siendo necesaria la presentación de documentación adicional junto a la solicitud. Toda la información y acceso a formularios se encuentra disponible a través de la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo https://lajunta.es/3uxtb.
El plazo para resolver y notificar el sentido de la concesión será de 3 meses desde la entrada de la solicitud.  El pago que se efectuará será del 100% del importe de la subvención una vez concedida la ayuda.


Requisitos
El contrato laboral indefinido debe mantenerse por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidamente, a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral. El contrato laboral fijo-discontinuo se mantendrá al menos en las mismas condiciones y, a efectos de su mantenimiento, requerirá que el tiempo de servicios prestados en el año siguiente al de la contratación deberá ser el mismo o superior al prestado en el año de la contratación. En caso de cese de la relación laboral por causas no imputables a la persona o entidad solicitante con anterioridad el periodo establecido en la subvención, ésta deberá completarse con una sustitución por el tiempo restante contemplado en la contratación inicial.
Esta convocatoria es incompatible con otras dirigidas a la misma finalidad sobre la misma contratación.
En cuanto a las entidades beneficiarias, no pueden obtener dicha condición las entidades pertenecientes al sector público ni las empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de la persona contratada para prestar servicios en empresas usuarias.
Para más información sobre esta línea de ayudas, las personas interesadas pueden contactar con la oficina en Cártama del Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE), que se encuentra en el Centro de Formación y Empleo Francisco Romero, en el teléfono 671 536 855 o en el e-mail: mpbandera@andaluciaemprende.es.