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21 de Mayo de 2012
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Procedimiento. El Trabajo de la Policía Municipal

Una vez recibido el aviso y localizado el vehículo en cuestión por la Policía Municipal, se realiza una inspección ocular del mismo, se efectúa una fotografía del vehículo y se observa su situación durante un mes, en el que se lleva a cabo una serie de comprobaciones, tanto de los datos del mismo a través de la Jefatura Provincial de Tráfico, así como del hecho de que no se trate de un vehículo sustraído.

 

Una vez efectuadas dichas averiguaciones y en caso de que el vehículo continuara en el mismo lugar y condiciones, se dará conocimiento a la Alcaldía-Presidencia y al titular del vehículo, generando un Acta de Permanencia y Observación. Debiendo presentar la documentación mínima que exige la ley para tener un vehículo en la vía pública: Permiso de Circulación, Tarjeta de Inspección Técnica y Seguro Obligatorio.

 

Se notifica al titular del vehículo, (personalmente o en su caso, a través de edicto), otorgándole un plazo para que subsane dicha situación.

 

En caso de seguir sin corregirse la situación, se emite Informe previo al Decreto-Alcaldía por el que se declara el vehículo Residuo Sólido Urbano, según la Ley 10/1988, y se vuelve a notificar al propietario las actuaciones seguidas otorgándole un nuevo plazo, que dará lugar en caso de seguir en la misma situación, a la retirada del vehículo de la vía pública.

 

Sin embargo, si a lo largo de todo este proceso, el vehículo presentara riesgo para el resto de usuarios de la vía pública, se retirará inmediatamente con la oportuna denuncia.

 

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