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Ayuntamiento de Cártama
21 de Mayo de 2012
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¿Quién está obligado u obligada?

Todas las personas titulares de actividades que comercialicen bienes o presten servicios en la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán tener las hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras y usuarias.
Comercialización de bienes o prestación de servicios fuera de establecimiento o centro fijo

Las personas que comercialicen bienes o presten servicios en el ámbito de una actividad empresarial o profesional realizada fuera de un establecimiento o centro fijo, incluyendo las que presten servicios a domicilio, deberán llevar consigo y poner a disposición de las personas consumidoras y usuarias las correspondientes hojas de quejas y reclamaciones.

Cuando se realicen ventas a distancia

En los supuestos de ventas o prestaciones de servicios a distancia, se tendrá que indicar en las ofertas o propuestas de contratación y, en su caso, en los contratos, la sede física o dirección postal donde el interesado podrá, a su elección, tener acceso o solicitar la remisión de las hojas de quejas y reclamaciones.

Cuando se presten servicios o se vendan bienes utilizando dispositivos automáticos

Deberá indicarse en dichos dispositivos, en un lugar perfectamente visible, la sede física o dirección postal donde la persona que desee presentar una reclamación o queja pueda tener acceso o solicitar la remisión de las hojas de quejas y reclamaciones.
 

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C/ Juan Carlos I, 62 - 29570 Cártama - 952422195 Fax 952422349 - ayuntamiento@cartama.es

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