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Más información

Estatutos y Bases de Actuación y Aprobación de la Constitución de JC

Estatutos y Bases de Actuación y Aprobación de la Constitución de JC

Estatutos y Bases de Actuación y Aprobación de la Constitución de la Junta de Compensación

Hoja de Procedimiento-Planeamiento

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

2 ejemplares de los EE.BB. y un ejemplar en formato digital.

El contenido de los Estatutos debe contener la documentación prevista en el artículo 166 del Reglamento Gestión Urbanística, además de :
• Nombre, dirección, objeto y finalidad.
• Órgano urbanístico bajo la tutela del cual se actúa, generalmente es el Ayto., pero puede serlo cualquier organismo de la admón. Local o autonómica con facultad o con delegación expresa para serlo.
• Delimitación del polígono unidad de actuación.
• Duración.
• Órganos de gobierno.
• Asociados, descripción de los miembros que integran la junta de compensación, estableciendo las condiciones para los propietarios que se adhieran con posterioridad a la constitución y de las empresas urbanizadoras que también puedan incorporarse a lo largo de la vida de la junta de compensación.
• Definición de los derechos y obligaciones de sus miembros.
• Funcionamiento de la junta.
• Régimen económico.
• Régimen jurídico.
• Disolución y liquidación. 

El contenido de las Bases, debe contener la documentación prevista en el artículo 167 del Reglamento Gestión Urbanística, además de :
• Objeto de las bases con referencia al plan parcial o P.E.R.I., polígono y Junta de compensación.
• Criterios de valoración de las fincas aportadas: terrenos y edificaciones, derechos reales y servidumbres prediales incompatibles con el planeamiento.
• Aportaciones de las empresas urbanizadoras.
• Valoraciones de las fincas resultantes.
• Criterios para la adjudicación de las parcelas resultantes.
• Procedimientos de contratación de las obras.
• Adjudicaciones de la Junta de Compensación.
 

MODELO DE SOLICITUD (DESCARGA)

Solicitud General

TASAS E IMPUESTOS

Ordenanza fiscal número 6 reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, epígrafe Primero. Ocho.

” por la tramitación de cada expediente relativo a instrumento de planeamiento urbanístico de desarrollo, tramitación de proyectos de reparcelación, proyectos de urbanización y las modificaciones de los anteriores instrumentos o proyectos, 2.000 €” -

RESUMEN DEL PROCEDIMIENTO

• Pago de autoliquidación.
• Presentación en Registro General (en horario de 9.00 a 14.00h) o en el Registro de Urbanismo ( de 11.00 h. a 14.00H) del documento.
• Informes de los Servicios correspondientes.
• Aprobación de la iniciativa y el establecimiento del sistema, y aprobación inicial de los EEBB .
• Remisión al Registro para práctica de Nota Marginal.
• Información Pública: BOP, diario y tablón, (Plazo alegaciones 20 días hábiles) .
• Notificación a los propietarios.
• Aprobación definitiva.
• Publicación BOP.
• Notificación, y a los propietarios que no hayan manifestado su voluntad de incorporarse a la junta se les requiere para que lo hagan, en el plazo de un mes.
• Requerimiento constitución de la junta de compensación ante notario.
• Presentación en el Registro General (en horario de 9.00 a 14.00h) o en el Registro de Urbanismo ( de 11.00 h. a 14.00H) de las escrituras de constitución de la Junta . en las escrituras debe constar:

-relación de propietarios si hay, empresas urbanizadora.
- relación de fincas de las cuales son titulares.
- personas que hayan estado designados para ocupar los cargos del órganos rector.
-acuerdos de constitución.
-si las fincas aportadas se mantienen en propiedad de sus titulares o éstas las transmiten a la junta de compensación.

• Aprobación por Decreto de Alcaldía, de la constitución de la Junta de Compensación. ( art. 163.6 RGU)
• Publicación en BOP de la constitución de la Junta de Compensación.
• Inscripción de la Junta de Compensación en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras (REUC, conforme art. 163.7RGU)
• Solicitud por parte del Presidente de la J.C. al Registro de la Propiedad el certificado de titularidad y carga de las fincas afectadas para que extienda una nota marginal en cada una de ellas para hacer constar que estas fincas están afectadas por el sistema de compensación ( art. 169.1 RGU y art. 5 del RD 1093/97). Además deberá solicitar el NIF y las etiquetas a la Agencia Tributaria presentando las escrituras de constitución de la JC y su inscripción en el REUC.

INFORMACIÓN

Unidad Responsable: Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística- DPTO. URBANISMO
Información: De lunes a viernes de 11:00 a 14:00
Con carácter General podrá resolver sus dudas en la
Oficina de Atención al Ciudadano todos los días en horario de 9:00 a 14:00 h. (Tlfno: 952.42.21.26/95)